Comisiones Obreras de La Rioja | 26 abril 2024.

Teletrabajo y conciliación

    “El trabajo a distancia no interferirá sobre los derechos de las personas trabajadoras en materia de conciliación y corresponsabilidad”

    27/07/2021.
    Teletrabajo y conciliación

    Teletrabajo y conciliación

    El pasado 10 de julio se publicó en el BOE la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, como resultado del paso por el Parlamento del Real Decreto-Ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

    El objetivo de la Ley 10/2021, es proporcionar una regulación suficiente, transversal e integrada en una norma sustantiva única que dé respuestas a diversas necesidades, equilibrando el uso de estas nuevas formas de prestación de trabajo por cuenta ajena y las ventajas que suponen para empresas y personas trabajadoras, de un lado, y un marco de derechos que satisfagan, entre otros, los principios sobre su carácter voluntario y reversible, el principio de igualdad de trato en las condiciones profesionales, en especial la retribución incluida la compensación de gastos, la promoción y la formación profesional, el ejercicio de derechos colectivos, los tiempos máximos de trabajo y los tiempos mínimos de descanso, la igualdad de oportunidades en el territorio, la distribución flexible del tiempo de trabajo, así como los aspectos preventivos relacionados básicamente con la fatiga física y mental, el uso de pantallas de visualización de datos y los riesgos de aislamiento. (exposición de motivos IV de la Ley 10/2021, de 9 de julio)